2. Responsabilidades hacia el cliente o patrón.
- a) La importancia del cliente.
El informático debe ubicarse como una entidad de servicio, por lo que su objetivo principal es la atención adecuada al cliente o patrón. Debe brindar todo el respeto y entender que la única diferencia con el, es la formación y habilidades de desarrollar herramientas informáticas debe evitar hacer comentarios alabadores al cliente con el objetivo de obtener beneficios, así como evitar hacer comentarios que afectan la imagen del cliente o patrón.
- b) Proteger el interés del cliente o patrón.
El informático, independientemente de cual sea su relación debe vigilar por el interés del cliente o patrón y evitar en todo momento crear una dependencia tecnológica hacia sus servicios debe alterar al cliente o patrón sobre los riesgos de utilizar cada plataforma de equipos y programas con respecto a la continuidad de operaciones o servicios sin la parecencia del personal informático.
- c) Responsabilidad Profesional.
El informático expresará su opinión en los asuntos que se le hayan encomendado, cumpliendo con las normas emitidas por la organización que sean aplicables para la realización de su trabajo.
El informático debe puntualizar en que consiste sus servicios y cuales serán sus limitaciones, cuando el desempeño de su trabajo se encuentre en alguna circunstancia que le permita seguir desarrollando su labor en su forma originalmente propuesta, debe comunicar a su cliente o patrón de manera inmediata, debe ser objetivo e la visión de sus opiniones o juicios buscando siempre el beneficio del cliente o patrón.
- d) Derechos de autor.
El informático debe respetar el reconocimiento que hace el estado a favor de todo creador o desarrollador de programas de computo, en virtud de cual otorga su protección para el autor. Cuando se preste el servicio de modo independiente, el informático debe establecer en el contrato de servicios, quien será el poseedor de los derechos de autor sobre los programas desarrollados, si se trabaja de planta para un patrón este ultimo tendrá los derechos de autor sobre todo el software que se desarrolle para la organización quedando el informático imposibilitado a comercializar dichos software.
- e) Discreción profesional.
El informático tiene la obligación en el manejo de la información que la organización para la cual trabaje le proporcione al momento de proporcionar sus servicios, debe considerar como confidencial toda la información acerca del cliente o patrón, debe asegurarse que se guarde la confidencialidad de la información que se ha confiado. No debe permitir el acceso a la información a personal no autorizado, ni utilizar para beneficio propio la información de la organización.
- f) Honestidad Profesional.
- g) Lealtad hacia la organización a la que se le da el servicio.

- h) No beneficiarse de las compras del patrón.
- i) No usar equipos ni programas del cliente o patrón para beneficio personal:
- j) Trato adecuado y manejo del lenguaje adecuado:
- k) Finalizacion de servicios:
Al dejar la organización para la cual presta los servicios debe asegurarse que los equipos y programas se consideren en buen estado. Al concluir el trabajo debe implementar mecanismos necesarios para que el cliente este en posibilidad de continuar haciendo uso del equipo y programas a pesar de la ausencia del informático.
- l) Dependencia tecnológica:
- m) Desarrollo de sistemas:
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